Las actividades de cualquier organización están experimentando cambios que pueden requerir enmiendas y adiciones a los documentos constitutivos, por ejemplo, a la Carta. Esto se aplica plenamente tanto a las organizaciones públicas como a las estructuras comerciales, como las sociedades de responsabilidad limitada (LLC). El procedimiento de modificación de los documentos constitutivos está regulado por ley.
Instrucciones
Paso 1
Habiendo tomado una decisión sobre la inclusión en los Estatutos Sociales de la Compañía, preparar y celebrar una reunión general de los fundadores de la empresa. Indicar enmiendas a los documentos constitutivos como uno de los puntos del orden del día, justificando la necesidad de tales medidas. Los fundadores en su reunión considerarán exhaustivamente este tema y, mediante votación, decidirán si enmendar los documentos o no. En todo caso, la decisión deberá constar debidamente en el acta firmada por el presidente y el secretario de la junta.
Paso 2
A partir de la decisión adoptada por la reunión de fundadores, realizar los cambios necesarios en el texto de la Carta, habiendo comprobado previamente cómo se corresponden con la legislación vigente.
Paso 3
En la autoridad fiscal de la ubicación de la Compañía, lleve los formularios de solicitud de cambios a los documentos fundamentales de la organización. Complete los formularios según sea necesario. Los formularios completados deben estar certificados por un notario. Esté preparado para el hecho de que tendrá que pagar una tarifa estatal por la certificación notarial.
Paso 4
Preparar un paquete de documentos, que debe incluir los originales de los documentos constitutivos de la Compañía; La carta que contiene los cambios propuestos; cartas sobre la asignación de códigos estadísticos estatales; certificado de inscripción en el Registro Estatal Unificado de Personas Jurídicas; datos de pasaporte de los fundadores de la Compañía, su jefe y contador jefe.
Paso 5
Envíe el paquete de documentos preparado a la autoridad fiscal para enmendar la Carta. También tendrá que pagar una tarifa aquí. La ley da cinco días para registrar cambios. Una vez finalizados los trámites, el titular de la Compañía recibe el Estatuto con los cambios registrados en el mismo. Ahora es necesario traer toda la documentación de trabajo de la empresa de acuerdo con el nuevo Estatuto, después de lo cual es posible continuar con las actividades reglamentarias permitidas por la ley.