Varias formas organizativas y legales de empresas permiten a sus propietarios y participantes responder rápidamente a los cambios en el mercado. La elección de un OPF puede verse influida por varios factores que deben considerarse antes del registro.
Instrucciones
Paso 1
Hay tres formas organizativas y legales principales en las que se puede registrar una empresa, en las que tiene lugar la formación de una entidad legal. una sociedad de responsabilidad limitada (LLC) está registrada en presencia del capital autorizado, cada participante de la LLC tiene su participación en el capital autorizado, dentro del cual es responsable. Otra forma son las sociedades anónimas. La diferencia fundamental entre JSC y LLC radica en las formas de distribución del capital autorizado entre los participantes.
Paso 2
El capital autorizado de las sociedades anónimas se distribuye entre los participantes mediante acciones de valor nominal. Dentro de los límites del valor de las acciones en poder del participante, también se determina su grado de responsabilidad. El documento principal de una sociedad anónima es la Carta, que debe desarrollarse antes de registrarse en el órgano de gobierno supremo: la junta general. Asimismo, al momento de registrar una sociedad anónima de cualquier tipo, es necesario brindar información sobre la emisión del primer bloque de acciones.
Paso 3
Hay dos tipos de sociedades anónimas: abiertas (OJSC) y cerradas (CJSC). La diferencia clave entre OJSC y CJSC radica en el número permitido de accionistas, en la cantidad óptima del capital autorizado y en la capacidad de los accionistas para administrar su bloque de acciones. El número de accionistas de una OJSC no está regulado, lo que, de hecho, se desprende del nombre, en una CJSC el número de accionistas no debe superar las 50 personas. Si se excede la cifra objetivo, la administración debe tomar medidas para que el número de accionistas alcance la norma regulada o reorganizar la empresa en una empresa abierta. A veces, esto se puede hacer mediante una orden judicial.
Paso 4
Una sociedad anónima abierta tiene derecho a vender acciones a un número ilimitado de personas, a utilizar varios métodos de distribución: suscripciones, ventas gratuitas iniciadas que no contradigan la ley. Los accionistas de una sociedad anónima abierta tampoco están limitados en sus derechos para disponer de sus acciones a su propia discreción, sin el consentimiento de otros accionistas. Los accionistas de una CJSC pueden enajenar sus acciones de acuerdo con la normativa que determine la Ley de JSC y el Estatuto de su empresa.